Usuarios no podrán tramitar devolución de placas o vehículos en Semana Santa.
Respetar la Ley de Tránsito será fundamental para que los conductores no se queden sin su vehículo, su licencia o sus placas durante toda la Semana Santa.
Si cometen una falta deberán esperar, al menos, hasta el lunes 2 de abril para recuperar sus bienes, debido a que el Consejo de Seguridad Vial mantendrá sus puertas cerradas durante toda la Semana Mayor.
Así, el Departamento de Atención Servicio al Usuario, en La Uruca y en las oficinas regionales, cerrará sus puertas este viernes 23 de marzo a las 3 pm y reanudará labores el lunes 2 de abril a las 7 am.
Para el Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial, Lic. Carlos Rivas, con las vacaciones colectivas decretadas por el Gobierno de la República para los días 26, 27 y 28 de marzo a los que se les suma el Jueves y Viernes Santos (29 y 30 de marzo), los conductores deberán tener todavía más cuidado en su comportamiento vial, pues se arriesgan a pasar como mínimo 9 días sin conducir su vehículo.
“Si una persona estaciona su carro contrario a lo que dicta la Ley de Tránsito, por dar un ejemplo, se le pueden retirar las placas. Si eso ocurre en estos días previos a Semana Santa es muy poco probable que las placas y la documentación estén en el sistema antes del receso. Entonces, esta persona pasaría incluso dos semanas sin derecho a conducir de manera legal. El consejo siempre es el mismo: respetar la Ley para evitar situaciones incómodas y multas”, reflexionó Rivas.
El funcionario especificó que el decomiso del vehículo, placas o la licencia procede en faltas como la del ejemplo anterior o por no tener el marchamo o el seguro obligatorio al día, conducir sin estar acreditado como conductor o conducir con cierto nivel de alcohol en sangre, entre otras. De igual forma, se aplica en casos de servicio ilegal de transporte de personas o conducir con la licencia suspendida, o cuando se acumulen 12 puntos en la licencia.
Asimismo, mencionó que si a una persona se le decomisa el vehículo deberá pagar por cada día de custodia y por el acarreo. En el caso del traslado en grúa, se cobran los primeros 6 kilómetros a ¢6.121,56 y el kilómetro adicional a ¢1.020,26. Por otro lado, la custodia por día es de ¢3.655,14.
Trámites
Para recuperar el vehículo, los propietarios deben realizar los trámites habituales, como pagar las multas involucradas con la detención del automotor, así como cualquier otra que esté pendiente.
Hasta que tengan toda la situación resuelta es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y presentar la orden de devolución. En este momento, citó Rivas, es que se le hace el cálculo del dinero que tiene que cancelar por la grúa y por cada día de custodia.
Aclaró que el cálculo de días a pagar se hace con base en el día anterior, es decir, se calcula el monto sumando los días entre el día del decomiso y el día anterior al que se están haciendo los cálculos. La persona, una vez que paga, debe retirar el vehículo de inmediato, caso contrario deberá pagar los días adicionales que deje el automotor en el lugar.
Se debe enfatizar, que sSi el vehículo fue decomisado en San José, que las personas pueden sacar una cita para trámites de retiro de placas o vehículos detenidos, bajo las siguientes condiciones:
1.En San José se entregan las placas detenidas en Heredia, Alajuela, Sarapiquí y San José.
2. En San José solo se hacen Órdenes de devolución de vehículos detenidos en San José.
Los retiros se hacen de lunes a viernes, con excepción de los miércoles; este día se atiende sin cita, conforme llegan los interesados. La persona debe ingresar awww.csv.go.cr y registrarse para la cita. Solo los dueños registrales o con una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite.
Impugnación
Cualquier multa hecha entre el viernes 23 de marzo y el domingo primero de abril se podrá impugnar durante los siguientes 10 días hábiles, que correrían a partir del lunes 2 de abril.
Bajo este panorama, las personas que estimen que la multa que se les hizo es improcedente, podrán impugnar hasta el 16 de abril, inclusive, tomando en cuenta que el 11 de abril no cuenta por ser feriado ni tampoco los sábados y domingos.
Rivas recalcó en que se debe insistir para que solamente se impugnen las multas que de verdad el usuario estima que son injustas y no como una práctica a ver “si la pegan”. En ese sentido, los argumentos planteados deben ser suficientemente válidos para que no sea rechazada la apelación. Si se le da curso, no es garantía de que se le dará la razón, solo que será estudiada.
En caso que la impugnación no proceda, el infractor deberá pagar, tarde o temprano, la multa, incluso con intereses si tarda en pagarla.
Información e imagen: Ministerio de Obras Públicas y Transportes.