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Policía de Tránsito insta a conductores a conciliar en casos de accidentes menores.

Yuri Fallas Publicado por: Yuri Fallas
22 noviembre, 2019
en Generales
Tránsito, www.pzactual.com
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Redacción / San Isidro de El General.

Nacionales. Las lluvias, en fase de consolidación en todo el país, propician choques leves entre los vehículos, lo que aumenta la solicitud de oficiales de Tránsito para que atiendan el percance.

Ante esta situación, el Director de la Policía de Tránsito, Lic Germán Marín Sandí, recordó algunas previsiones que se deben tener en esta época, como guardar la distancia debida con más razón en presencia de lluvias, comprendiendo que el frenado puede ser más lento por la presencia de agua en la carretera. En el caso de los motociclistas y ciclistas deben tener cuidado con piezas metálicas en las vías, como tapas de alcantarilla o líneas férreas que, mojadas, generan más riesgos de derrape para estos vehículos.

En los primeros cuatro meses del año se generaron 28.689 accidentes que fueron atendidos por los oficiales, unos 2.500 menos que el año pasado, pero que son suficientes para demandar la presencia de personal que podría estar realizando otras labores de regulación y sanción, en otros sitios. El año pasado se atendieron 93.226 accidentes, en total.

“Cada hora hemos atendido cerca de 10 accidentes, como promedio, en los primeros cuatro meses del año y estamos seguros que serían mucho menos si los conductores comprendieran que pueden conciliar en accidentes tan poco graves como puede ser el choque del bumper de un carro contra el de otro a velocidades de 10 km/h, por dar un ejemplo. A veces, el daño es golpe entre retrovisores que no pasa de algunos rayones”, mencionó Marín.

El Director de Tránsito enfatizó que comprendiendo las limitaciones de personal, en una tarde lluviosa es difícil exigir que los oficiales realicen labores de regulación para aligerar el tránsito, si los funcionarios deben abandonar esos trabajos para atender un choque menor que se puede resolver con conciliación y que, además, se hubiese evitado si algunos conductores no estuvieran viendo su teléfono celular, si guardaran la distancia debida o no intentaran meterse a la fuerza en un espacio o carril.

¿Accidente Menor?

El decreto que permite conciliar en accidentes menores, sin la presencia de oficiales de Tránsito, rige desde el 7 de enero del 2016. Con este mecanismo, los conductores pueden solucionar las consecuencias de los eventos viales, en tanto no haya heridos y los vehículos puedan movilizarse sin ayuda de grúas.

El formulario está disponible en el portal digital del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que los usuarios lo impriman y lo porten en el vehículo y también en los sitios digitales de las aseguradoras.

Marín estima que los conductores deben valorar esta opción, muy común en otros países, donde las partes involucradas resuelven de forma más rápida tanto al momento del accidente, pues deben esperar menos tiempo, como el procedimiento de reparación de los vehículos.

Para lograr la conciliación voluntaria, las partes deben llenar y firmar la DAM, la cual puede complementarse con fotografías o videos, si así lo desean los conductores involucrados en caso de no estar asegurados. Si existe un vehículo asegurado debe seguirse el procedimiento establecido por las aseguradoras para tales efectos.

De igual manera, la conciliación entre las partes involucradas cabe únicamente si no hay lesionados, caso contrario se deberá llamar al oficial de Tránsito.

Asimismo, los implicados deben estar de acuerdo en conciliar, si una de las partes no está de acuerdo entonces simplemente no llena ni firma la DAM y procede a llamar a un inspector de Tránsito por las vías habituales.

Para recurrir a este tipo de conciliación no es indispensable que las partes posean un seguro, pues la conciliación por esta vía lo que determina es el compromiso de buena fe de una de las partes a pagar o la aceptación de ambas partes en cubrir los daños por su cuenta.

Si se firma la DAM pero luego una de las partes incumple el acuerdo, los involucrados deberán acudir a la via judicial correspondiente, donde podrán presentar como prueba la Declaración de Accidente Menor firmada al momento de la colisión.

Si las partes tienen seguro, deben en primera instancia comunicarse con su aseguradora y seguir el procedimiento establecido para estos casos.

Vínculo de la DAM en el portal digital del MOPT:

http://www.mopt.go.cr/wps/wcm/connect/00d694af-358e-41e4-86fd-e60e8b98d788/DAM.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=00d694af-358e-41e4-86fd-e60e8b98d788 

Fuente: Organismo de Investigación Judicial.

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Comunicadora generaleña desde el año 2012, co directora de PZ Actual, presentadora en Clásicos de Cabletica.

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