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Ministerio De Seguridad Pública regula el uso de armas menos letales.

Redacción / San Isidro de El General.

Nacionales. El Ministerio de Seguridad Pública regulará el uso de las armas menos letales con el fin de tener mejores controles en el uso y la portación de las mismas.Los diferentes cuerpos policiales del país, han visto como estas armas son utilizadas en muchas ocasiones para cometer actos ilícitos, que atentan contra la seguridad del país.
Muchas de ellas, tienen un diseño muy similar o prácticamente son iguales a un arma letal, por lo que las víctimas no tienen la capacidad para distinguir una de otra.
Debido a lo anterior, se modificó por decreto publicado en La Gaceta, el pasado 27 de febrero, para poder portarlas.Por lo tanto, la Policía podrá hacer el decomiso de este tipo de armamento en las siguientes condiciones:

a) Proceder al decomiso de todas aquellas armas menos letales cuyo diseño y características sean iguales o similares a un arma de fuego, cuando se produzcan las siguientes situaciones:
La persona poseedora o portadora del arma menos letal registra antecedentes penales o policiales.
a) La persona poseedora o portadora del arma menos letal se encuentra acompañada en el mismo vehículo de persona (s) con antecedentes penales o policiales.
La persona poseedora o portadora del arma menos letal se encuentra bajo los efectos del licor o de drogas ilícitas.
La portación o posesión del arma menos letal se produce dentro de bares y en eventos de concentración masiva de personas.
b) Al interesado se le entregará copia del acta de decomiso y en las observaciones se indicará el motivo del mismo, así como el lugar donde va a ser enviada en custodia el arma, lo anterior a efecto de que se apersone al procedimiento administrativo correspondiente, cuyo órgano director será el Departamento de Armas y Explosivos.
c) El arma menos letal deberá ser remitida junto con el informe y acta de decomiso a la Dirección General de Armamento, quien mantendrá la custodia de la misma hasta que finalice el procedimiento administrativo correspondiente. En caso de que el resultado del mismo sea que el interesado no logró demostrar que no se encuentra dentro de las causales indicadas en el inciso a) de la presente Directriz, se procederá con las diligencias tendientes a la destrucción de arma.

Fuente textual de la información e imagen: Ministerio de Seguridad Pública.

Yuri Fallas A.

Comunicadora generaleña desde el año 2012, co directora de PZ Actual, corresponsal de Canal 7.

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