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Infractores a los que se les decomisa el vehículo, además de la multa, deben pagar acarreo y custodia.

• Desde el 2015 es obligación que paguen acarreo y custodia los infractores y no los ciudadanos con sus impuestos.
• Decomiso aplica en algunas faltas como conducir con licencia suspendida, bajo los efectos del alcohol, a altas velocidades, o por estacionamiento indebido, entre otras faltas.
• Acarreo en primeros 6 km es de ¢7.870,17, kilómetro adicional o su fracción paga ¢1.311,69. Precios son definidos al costo.
• La custodia es de ¢5.066,29 por día. Precio incluye pólizas que cubren eventuales daños.

Redacción, Aguas Buenas, Platanares.

El primer paso para no tener que pagar acarreo y custodia, por un vehículo decomisado, es respetar la Ley de Tránsito. Si alguien decide violentarla en conductas como conducir bajo los efectos del alcohol, entonces, además de la multa respectiva por la falta, tendrá que pagar el traslado del vehículo al plantel y el cuido por cada día que esté en ese lugar el automotor.

Desde el año 2015, los costos asociados al traslado, cuido, pólizas de vehículos decomisados y otros rubros, los debe pagar el infractor, y no la Administración, es decir, desde hace 6 años, los ciudadanos, todos los que pagan impuestos, ya no deben pagar por la gasolina de la grúa ni por el personal de seguridad ni por la pólizas que cubren eventuales daños a los vehículos de los infractores.

De los 935 vehículos decomisados en enero pasado, 797 son motocicletas. pzactual.com

Según detalló el director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial, el Lic. Carlos Rivas Fernández, el monto por acarreo, en sus primeros 6 km, es de ¢7.870,17. Por kilómetro adicional, o su fracción, se debe cancelar ¢1.311,69. Asimismo, agregó el funcionario, la custodia tiene un valor de ¢5.066,29.

Este costo aplica para cada día natural en que el vehículo se encuentra bajo la vigilancia del Consejo. Para recuperar su automotor, las personas deberán sacar una cita en www.csv.go.cr.

Por los protocolos en torno al Covid-19, no se admiten, desde abril pasado, las filas para este trámite. Circular bajo los efectos del alcohol, como ya se indicó, tener el vehículo mal estacionado (si no aparece el dueño y el vehículo obstruye una cochera o hidrante, por ejemplo, se decomisa) o conducir sin licencia registrada o suspendida, son algunos motivos que pueden implicar el decomiso del automotor.

No es en todas las multas en las que aplica la retención del vehículo. Rivas reiteró que este monto no es una ganancia para la institución, sino un “reembolso” que hace el infractor por los gastos en los que hizo incurrir a la Administración por su falta.

Trámites

Para recuperar el vehículo, los propietarios deben realizar los trámites habituales, como pagar las multas involucradas con la detención del automotor, así como cualquier otra que esté pendiente. Hasta que tengan toda la situación resuelta sobre infracciones, es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y solicitar la orden de devolución (con cita previa, como se indicó).

En ese momento es cuando se les hace el cálculo del dinero que tienen que cancelar por la grúa y por cada día de custodia, siendo que, en la actualidad, de manera excepcional por la gran cantidad de órdenes que se deben procesar, el corte se hace a la fecha en que se obtiene la cita, lo que en todo caso siempre representa un monto importante.

Solo los dueños registrales o con una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite. La persona, una vez que paga acarreo y custodia, debe retirar el vehículo de inmediato, caso contrario deberá pagar los días adicionales que deje el automotor en el lugar.

Fuente: Ministerio de Obras Públicas y Transportes

Randall Chaves S.

Corresponsal de Canal 7 desde el 2008. Camarógrafo, editor y director de PZ Actual. Productor de Clásicos en Liberty TV.

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