Embarcaciones deben contar con chalecos suficientes para todos los pasajeros, según MOPT.
Con las vacaciones de verano aumenta la cantidad de personas que viajan a las playas y abordan embarcaciones para trasladarse entre sitios o para recreación. Bajo esta realidad, la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) les recuerda a los pasajeros asegurarse que la embarcación cuente con todos los dispositivos de seguridad, incluidos los chalecos salvavidas suficientes, según la capacidad autorizada para cada embarcación.
Adicionalmente, la recomendación también va en el sentido de verificar que los chalecos estén a la vista y que estén a mano, así como en buen estado. Según lo explicó el Ing. Darío Zúñiga Chaves, Director de Navegación y Seguridad a.i. del MOPT, si bien los pasajeros no son expertos, pueden revisar que las correas de los chalecos no estén rotas o en proceso de romperse, que los cierres ajusten adecuadamente y que existan chalecos para adultos y niños.
“Todo pasajero tiene el derecho a exigir que se le provea un chaleco salvavidas. Si el viajero se siente más seguro, más cómodo” citó Zúñiga.
En esa misma línea, toda embarcación dedicada al transporte de pasajeros debe contar con, al menos, un aro salvavidas, que permita ser lanzado al mar, a la laguna o al río cuando una persona cae al agua por accidente.
Estos consejos buscan reducir los riesgos en caso de una emergencia mientras se navega, ya que muchas personas se enfocan en la parte lúdica del viaje. Piensan en que no se les moje el celular, en avistar a las ballenas, en llegar a su destino, en que el precio del paseo es más cómodo que otros, en que se va a subir a una “banana”, pero olvidan aspectos fundamentales de seguridad que deben exigir al operador del servicio. El chaleco es básico dentro de las medidas de seguridad.
Asimismo, en ese sentido, la Dirección de Navegación y Seguridad solicita a las personas que verifiquen que la embarcación cuente con el Certificado de Navegabilidad al día, documento que obtiene toda embarcación que apruebe satisfactoriamente las inspecciones a las que son sometidas anualmente. Este documento garantiza que la nave cumple con todos los requisitos de seguridad y navegación conforme a su autonomía y en apego al marco jurídico vigente.
No navegar de noche si la embarcación no cuenta con las condiciones para ello, como sistemas de luces, por ejemplo, es otro consejo. Posponer un viaje recreativo cuando el clima no es bueno también es otra sugerencia, así como verificar que la nave cuente con extintor, foco y otras medidas de seguridad.
Evitar subirse en las barandas del barco, ni recostarse de espaldas a ellas, son medidas que se deben adoptar por seguridad, ya que el movimiento provocado por el oleaje podría generar una caída al agua.
No entrar al agua si se ha consumido licor y no bañarse en sitios donde exista una bandera roja o rotulación que indique que es una zona peligrosa o con corrientes marinas son indicaciones que deben acatarse.
Motos acuáticas
Una mención aparte es el caso de las motos acuáticas, que incluso tienen una legislación específica para ellos. Uno de los elementos fundamentales es que toda persona que viaje en este tipo de vehículo debe llevar puesto un chaleco salvavidas permanentemente.
Según detalló el funcionario, un tema muy importante respecto a estos automotores es que ninguna persona menor de 16 años debe conducirlo, es ilegal. Entre los 16 y los 18 años el cilindraje de la moto acuática que se puede conducir no debe superar los 400 centímetros cúbicos de cilindrada.
Por seguridad de los bañistas, las motos acuáticas no deben operarse a menos de 50 metros de las personas que están en el mar, ni a menos de 30 metros de embarcaciones de pesca o recreo. También debe privar el sentido común para maniobrar estos vehículos a una distancia suficiente de otras motos para agua y evitar así choques.
Si una persona observa incumplimientos a las reglas de uso de una moto acuática, más si ponen en riesgo la vida de otras personas, se solicita que se llame a los guardacostas o a la Fuerza Pública de inmediato vía 9-1-1.
Fuente de información: Ministerio de Obras Públicas y Transportes.