Aumentos en costo de acarreo y custodia que rigen desde hoy no superan los ¢775.
Redacción / San Isidro de El General.
Nacionales. Ayer miércoles se publicó en el diario oficial La Gaceta la actualización anual de los montos que deben pagar los infractores cuando se les decomisa el vehículo, tras cometer una falta que lo amerite. Los cambios van desde los ¢129 hasta máximo ¢775. Rigen a partir de hoy.
El acarreo del vehículo y el tiempo de custodia del automotor en manos de los oficiales sufrieron un leve incremento. La última actualización se había dado en enero de 2017.
Según detalló el Director Jurídico del Consejo, Lic. Carlos Rivas, la Ley de Tránsito N° 9078, que rige desde el 26 de octubre del 2012, autoriza a al Consejo de Seguridad Vial para cobrarle a los dueños registrales de los vehículos decomisados esos rubros. El monto se cobra desde agosto de 2015.
De esta forma, el acarreo pasó de ¢6.121,56 a ¢6.896,59 por los primeros 6 km de traslado, es decir, una diferencia de ¢775,03. Para cada kilómetro adicional o su fracción, el infractor deberá cancelar ¢1.149,43, eso implica ¢129.17 más de lo que se pagó hasta ayer. En cuanto a la custodia, el incremento es de ¢330.73, al pasar de ¢3.655,14, a¢3.985,87.
Estos montos definidos, por el Consejo de Seguridad Vial, se basan en tarifas al costo, que se comenzaron a cobrar con el objetivo que sea el infractor y no la administración la que deba pagar el traslado, el consumo de combustible y el personal que custodia los vehículos en los planteles.
Los cobros son razonables y válidos, en tanto la Administración Pública no solo debe custodiar el vehículo sino responder por eventuales daños que pudieran sufrir mientras se encuentra decomisado el automotor. Es decir, hay que pagar pólizas que cubren a los automotores acarreados y bajo custodia.
Rivas recalcó que estos montos no buscan generar ganancias al Consejo, son al costo y simplemente cubren los gastos asociados. Por el contrario, el funcionario estima que el perder el vehículo por varios días, realizar trámites, pagar multas y además pagar rubros adicionales por el traslado y el cuido del automotor deben motivar a los conductores a asumir comportamientos más adecuados en carretera, básicamente respetando la Ley de Tránsito.
“Venimos realizando grandes esfuerzos para hacer frente a la alta demanda de servicios en el Consejo, producto de muchas multas por estacionamiento indebido que al 30 de abril ya superaban las 13.000, tras la reforma a la Ley de Tránsito que rige desde el 17 de julio pasado. Con esta reforma, se permite multar, decomisar placas y vehículos sin necesidad de que esté presente el conductor. Lastimosamente, las personas se la siguen jugando”, acotó Rivas.
Trámites
Para recuperar el vehículo, los propietarios deben realizar los trámites habituales, como pagar las multas involucradas con la detención del automotor, así como cualquier otra que esté pendiente. Hasta que tengan toda la situación resuelta es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y presentar la orden de devolución. En este momento, citó Rivas, es que se le hace el cálculo del dinero que tiene que cancelar por la grúa y por cada día de custodia.
Aclaró que el cálculo de días a pagar se hace con base en el día anterior, es decir, se calcula el monto sumando los días entre el día del decomiso y el día anterior al que se están haciendo los cálculos. La persona, una vez que paga, debe retirar el vehículo de inmediato, caso contrario deberá pagar los días adicionales que deje el automotor en el lugar.
Fuente: Ministerio de Obras Públicas y Transportes.